El contralor General de la República, Manuel Galindo, indicó que “No es competencia de la Asamblea Nacional destituir o anular el acto mediante el cual se designe un magistrado y magistrada al Tribunal Supremo de Justicia”.
“La sentencia está apegada al principio de la legalidad, está ajustada al principio de supremacía constitucional”, aseveró el contralor.
Indicó cuando un venezolano considere que el mecanismo no es correcto, este debe solicitar una aclaratoria de la sentencia, “El no acatar la sentencia, el desvirtuar podría dar lugar a que se incurra en una usurpación de legalidad, podría incurrirse en abuso o desviación de poder, también podría materializar una violación a la ética pública y a la moral administrativa”, agregó.
Aclaró que, “los magistrados y magistradas si están sujetos a remoción, no a destitución ni a nulidad(…) La AN tiene plena competencia para remover un magistrado del TSJ siempre y cuando de manera previa el poder ciudadano haya calificado tal o cual falta en los términos que establezca la ley”, puntualizó.
Fuente: NoticiasX7
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